La presentación de la autoliquidación deberá hacerse por vía telemática, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Impuesto sobre los activos no productivos

cataluña impuestos

Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas, novedades 2019/2020

Con anterioridad a que este impuesto se pudiera liquidar por primera vez, el Gobierno interpuso recurso de inconstitucionalidad, lo que originó su suspensión.

El pasado mes de noviembre de 2018 el Tribunal Constitucional acordó levantar la mencionada suspensión y, en febrero de 2019, se ha publicado la sentencia que lo declara constitucional.

La consecuencia es que la entrada en vigor del tributo (que se devenga el 1 de enero de cada año) se entiende producida en 2017.

Los activos que pueden ser considerados “improductivos”, como norma general son o pueden ser los siguientes:

    1. Bienes inmuebles.
    2. Vehículos de motor con una potencia igual o superior a 200 caballos.
    3. Objetos de arte y antigüedades.
    4. Joyas.
    5. Embarcaciones de recreo.
    6. Aeronaves.

impuesto de activos improductivos

El impuesto será exigible en toda Cataluña, entendiéndose situados en este territorio los bienes inmuebles allí ubicados, así como el resto de bienes sujetos cuando su tenencia corresponda a contribuyentes del impuesto con domicilio en Cataluña.

Por lo tanto, cuando nos referimos a inmuebles, el impuesto puede sujetar a tributación a sociedades y entidades cuyo domicilio esté ubicado fuera de Cataluña.

Por el contrario, el activo no se considerará “improductivo” si el destinatario del bien (del grupo de personas físicas o jurídicas referido anteriormente) destina su uso al ejercicio de una actividad económica o bien haya sido arrendado a precio de mercado.

También son “improductivos” aquellos activos que no están afectos a ninguna actividad económica y no son objeto de cesión.

En relación con estos últimos activos, y de forma similar a lo que sucede con la exención de empresa familiar del Impuesto sobre el Patrimonio, no se producirá la sujeción al nuevo impuesto si existen beneficios no distribuidos en la entidad que sean iguales o superiores al precio de adquisición de estos activos, siempre que estos beneficios se hubieran obtenido en el mismo año de su adquisición o en los diez años anteriores.

En este sentido, se asimilan los dividendos que procedan de participaciones en filiales que constituyan “cartera de control” (en esencia que se disponga, al menos, de un 5% de los derechos de voto en la participada y que esta desarrolle una actividad económica)  y que los ingresos de la filial procedan, al menos en el 90%, del desarrollo del desarrollo de actividades económicas.

La base imponible es el valor catastral para los inmuebles y el valor de mercado para el resto de bienes. La tarifa para determinar la cuota íntegra es la del Impuesto sobre el Patrimonio que aplica a las personas físicas en Cataluña, es decir, desde un 0,210% hasta un 2,750%.

La escala del impuesto es la siguiente: 

Base imponible hasta (euros) Cuota íntegra (euros) Resta base imponible hasta  (euros) Tipo aplicable (%)
0,00 0,00 167.129,45 0,210
167.129,45 350,97 167.123,43 0,315
334.252,88 877,41 334.246,87 0,525
668.499,75 2.632,21 668.500,00 0,945
1.336.999,75 8.949,54 1.336.999,26 1,365
2.673.999,01 27.199,58 2.673.999,02 1,785
5.347.998,03 74.930,46 5.347.998,03 2,205
10.695.996,06 192.853,82 En adelante 2,750

Sin embargo, en este impuesto no hay mínimo exento ni límite de tributación conjunto renta-patrimonio. La liquidación del impuesto para los ejercicios 2017, 2018 y 2019 debe realizarse entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2.019, para ejercicios posteriores será del 1 al 30 de junio de cada año siguiente.

El impuesto se liquida a través del modelo 540, de forma telemática obligatoriamente.

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Modificaciones normativas de la Ley del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas.

Tiene por objeto grabar los bienes no productivos y determinados derechos que recaen sobre estos bienes que forman parte del activo del sujeto pasivo. Es exigible el pago en todo el territorio de Cataluña.

El Decreto ley 8/2019, de 14 de mayo, de modificación de la Ley 6/2017, de 9 de mayo, del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas (DOGC núm. 7876, de 05.16.2019) aporta algunos cambios en el mismo.

Impuesto de lujo Catalán, conselleria novedades

La principal novedad es que el nuevo decreto regula el plazo de presentación de la autoliquidación del impuesto, que se establece del 1 al 30 de junio de cada año, con la excepción de los tres años ya devengados (2017, 2018 y 2019), que deberán liquidarse, de manera extraordinaria, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de este año.

La presentación de la autoliquidación deberá hacerse por vía telemática, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Impuesto a los activos no productivos

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Impuesto de lujo sobre coches, barcos, aviones y joyas

Totalmente pionero en España, grava determinados bienes no productivos (que no están asociados a la actividad económica) y algunos derechos que recaen sobre los mismos, que tienen como titular las empresas pero que en realidad se utilizan para actividades particulares, tales como bienes inmuebles (vivienda habitual, segundas residencias, etc.); coches y vehículos de potencia de más de 200 caballos; embarcaciones de recreo (barcos, yates, etc.); aeronaves (aviones privados, helicópteros, etc.); y objetos de arte, antigüedades y joyas.

impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas

Exclusiones del impuesto sobre los activos no productivos

Quedan excluidos de tributación los bienes inmuebles de las fundaciones, las organizaciones no gubernamentales y, en general, de las entidades sin ánimo de lucro, siempre que se destinen de forma exclusiva a estos fines no lucrativos.

Este impuesto tiene una finalidad extrafiscal porque persigue incentivar que se adecue la titularidad jurídica de los bienes no productivos en su titularidad real.

De esta manera, se quiere conseguir una redistribución de la renta y, al mismo tiempo, luchar contra el fraude fiscal, ya que se evitarán prácticas de elusión fiscal como es el hecho de incorporar patrimonio personal a estructuras societarias.

El objetivo, la lucha contra el fraude fiscal

La obligación del pago del impuesto de lujo puede llevar a que algunos contribuyentes prefieran cambiar la titularidad de los bienes no productivos y pasar a ser propietarios directamente y pagar impuesto de patrimonio por ellos ya que el tipo de ambos tributos es coincidente.
De hecho el objetivo es que esos activos de lujo dejen de estar en un limbo tributario y por lo tanto generen algún tipo de ingreso fiscal para la Administración.

En realidad, cuando se aprobó el tributo fuentes de la Conselleria d’Economia sostenían que la previsión de recaudación de ese tributo tendiera a ser cero a futuro ya que los contribuyentes acabarían asumiendo como propios los bienes no productivos a nombre de empresas.

Impuesto de patrimonio

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